Consultorio Legal

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1) ¿Es obligatorio someterse al chequeo médico que me sugiere la entidad aseguradora para contratar un seguro de vida?
La Ley no dice nada al respecto, por lo que rige el principio de autonomía de la voluntad de las partes.
Por tanto usted puede negarse a realizarse el chequeo, pero posiblemente la aseguradora rechazará hacerle el seguro.
2) ¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la valoración del perito en un siniestro?
Para estos casos, puede recurrir al procedimiento previsto en el artículo 38 de la Ley de contrato de seguro.
Dicho artículo consiste en que cada parte (cliente y aseguradora) designará un perito salvo que una de las partes renuncie a este derecho y acepte la tasación del perito de la otra parte.
Si la aseguradora ha designado un perito, le requiere a usted para que designe el suyo, usted tiene el plazo de 8 días desde el requerimiento para hacerlo. En caso que usted no designe a ninguno en ese plazo se entiende que renuncia a designar a su perito y que acepta el dictamen que emita el perito designado por la entidad aseguradora.
En caso de que los peritos lleguen a un acuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en la que se harán constar las causas del siniestro, la valoración de los daños, las demás circunstancias y la propuesta del importe liquido de la indemnización.
Cuando no haya acuerdo entre los peritos, se designará un tercer perito por acuerdo entre cliente y asegurador. De no existir acuerdo, la designación se hará por un Juez del lugar donde estuviesen los bienes. El dictamen de los peritos podrá ser impugnado judicialmente por el asegurador (dentro del plazo de 30 días) o el cliente (dentro del plazo de 180 días).
Si se acepta el dictamen de los peritos, el asegurador deberá abonar el importe de la indemnización señalado en un plazo de cinco días.
3) ¿Que sucede si se circula sin seguro de automóvil?
La obligación de contratar el seguro de responsabilidad civil obligatoria recae sobre el propietario del vehículo.
El incumplimiento de la contratación del seguro obligatorio dará lugar a:
- Prohibición de circulación
- Deposito del vehículo
- Multas de 601 Euros a 3.005,00 Euros graduándose en función de las distintas situaciones
4) ¿En que consiste el infraseguro y la regla proporcional?
En el artículo 30 de la Ley de Contrato de Seguro, en las disposiciones generales referentes a los seguros de daños, establece:
"Si en el momento de la producción del siniestro la suma asegurada es inferior al valor del interés, el asegurador indemnizará el daño causado en la misma proporción en la que aquella cubre el interés asegurado"
Por ejemplo:
Si una persona asegura su hogar valorándola en la mitad de lo que vale realmente y pagando la mitad de prima que hubiera pagado de haberla asegurado correctamente, podemos decir que el cliente asegura solo la mitad de su hogar. Por lo tanto, ante cualquier siniestro que suceda en el riesgo asegurado, la aseguradora solo indemnizará el 50% de los daños causados, aplicando la regla proporcional.
Dicho artículo también contempla la posible derogación de la regla proporcional:
"Las partes, de común acuerdo, podrán excluir en la póliza o con posterioridad a la celebración del contrato, la aplicación de la regla proporcional prevista en el párrafo anterior"
5) ¿Puedo contratar más de una póliza de vida?
Sí, puede tener varias pólizas contratadas al mismo tiempo.
6) ¿Puedo cambiar el beneficiario de mi seguro de vida en cualquier momento?
El tomador del seguro puede modificar tantas veces como desee a los beneficiarios, normalmente, mediante escrito dirigido a la compañía de seguros o en el testamento. En ambos casos, la nueva designación de beneficiarios deberá realizarse explícitamente identificando la póliza sobre la que se realiza la modificación.
7) ¿Puedo suscribir más de un plan de pensiones?
No existe un límite máximo de Planes de Pensiones por persona. Lo que debe tener en cuenta el partícipe es que la suma de las aportaciones que realice a la gama de Planes de Pensiones que posea no podrá superar el límite anual establecido legalmente en función de su edad.
8) ¿Se pueden dejar de hacer aportaciones al plan de pensiones?
Sí, se pueden dejar de hacer aportaciones al plan de pensiones en cualquier momento.
El capital acumulado continuará creciendo en función de la revalorización del fondo en el que esté integrado.